noviembre 1, 2024 3:59 pm

En 1983, con el restablecimiento de la democracia, ningún intendente tenía limitaciones para su reelección. En 1991, se dictó la ley 8.102, de Régimen para Municipios y Comunas, que permite la reelección, pero faculta a los municipios de más de 10 mil habitantes a dictar su propia carta orgánica.

Desde ese momento, distintas ciudades comenzaron a elaborar sus propias constituciones. A la fecha, son 24 los municipios que lo hicieron. Todos, sin excepción, agregaron un artículo en el que se especifica que el mandato dura cuatro años y se autoriza una reelección. También se permite ser de nuevo candidato tras dejar pasar un período.

En la ciudad de Córdoba, el intendente Rubén Américo Martí dictó la carta orgánica en su segundo mandato, y se introdujo una cláusula transitoria en la que se estableció que su primer período era anterior a ese instrumento constitucional.

En Río Tercero –y también dentro de las disposiciones transitorias–, decíamos que los mandatos del intendente, de los concejales y de los tribunos de cuentas en ejercicio al momento de sancionarse la carta orgánica debían ser considerados como primer período a los fines de la reelección.

Esa decisión hizo que en nuestra ciudad hubiera alternancia y aparecieran de manera constante dirigentes nuevos. Por otro lado, no fue impedimento para que en Río Tercero ganara el mismo partido político en las últimas tres elecciones, con candidatos distintos y propuestas siempre novedosas.

En 2017 se sancionó una nueva ley –la 10.406– que modificó el Código Electoral de la Provincia de Córdoba y definió en el artículo 39 que el Departamento Ejecutivo está a cargo de un intendente elegido por simple pluralidad de sufragios, que dura cuatro años en sus funciones y puede ser reelegido en forma consecutiva sólo por un período. Prevé, además, que si fue reelegido, puede ser de nuevo candidato una vez que haya mediado un intervalo mínimo de un período.

Hoy se quiere modificar esta ley para volver a las reelecciones indefinidas, con lo cual no estoy de acuerdo. En ese punto, coincido con el actual intendente de Río Tercero.

Permanecer mayor tiempo en el cargo abre las puertas al clientelismo, al nepotismo y a la corrupción. Comparto las expresiones con Daniel Sabsay, reconocido constitucionalista, quien afirma que la alternancia en el ejercicio del poder constituye uno de los pilares de la democracia, que apunta a evitar todo continuismo que lleve a la personalización del poder en contradicción con el Estado de derecho.

* Exintendente de Río Tercero (Fuerza Renovadora, UCR)

La Voz

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