Los jueces del tribunal federal que tramitan la causa conocida como “Cuadernos de las coimas” dictaron un fallo significativo para las investigaciones de casos de corrupción administrativa en las que pudiese existir una colusión, un pacto ilícito entre funcionarios públicos y empresarios del sector privado.
El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 7 de la Justicia federal, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, rechazó la totalidad de los planteos de extinción de la acción penal por “reparación integral del perjuicio” formulados por un numeroso grupo de empresarios y particulares imputados en la causa Cuadernos.
Los jueces Enrique Méndez Signori, Germán Castelli y Fernando Canero negaron el cierre del proceso a cambio de una reparación económica. El inicio del juicio oral y público está previsto para el 6 de noviembre próximo.
La causa se originó tras la revelación periodística de una serie de anotaciones registradas en cuadernos por el chofer Oscar Centeno, asistente de Roberto Baratta, secretario del exministro kirchnerista Julio De Vido.
Esos datos detallaban supuestos sobornos desde empresas contratistas del Estado hacia funcionarios públicos. Investigados por la Justicia, varios de los implicados admitieron como arrepentidos la existencia de ese circuito de financiamiento ilegal.
Ante la proximidad del inicio de las audiencias del juicio oral y público, hubo planteos de las defensas para pedir la aplicación del instituto de la reparación integral del perjuicio, contemplado en el Código Penal. Los abogados argumentaron que esta herramienta es un mecanismo de política criminal plenamente operativo y de aplicación obligatoria por el principio de legalidad y de la ley penal más benigna.
Según los procesados que hicieron ese planteo, el trámite de la causa lleva ya más de siete años y podría extenderse por un tiempo mayor, lo que afecta el derecho de todo ciudadano a ser juzgado en un plazo razonable, y constituye así una pena natural que riñe con las normas vigentes. En razón de estos argumentos, ofrecieron dinero a cambio, mediante un cálculo de los embargos patrimoniales preexistentes en la causa, actualizados por la tasa activa del Banco de la Nación Argentina.
La fiscal federal actuante, Fabiana León, se opuso a ese criterio y señaló ante el Tribunal que aceptar esos montos implicaría “tarifar la impunidad”. La Unidad de Información Financiera (UIF), que participa en el proceso como querellante, respaldó esa posición y opinó que lo contrario equivaldría a “mercantilizar la corrupción”.
La Fiscalía advirtió además sobre el bien jurídico afectado: el daño que se investiga excede lo patrimonial, ya que afecta bienes jurídicos supraindividuales como la probidad, la transparencia y la confianza institucional.
El Tribunal convalidó ese criterio: se investiga en la causa Cuadernos un presunto daño sistémico, de vasto alcance, que merece ser esclarecido en un juicio oral y público. No puede ni debe ser eludido mediante el pago de sumas de dinero que no son admisibles como reparación del perjuicio inducido y sólo parecen apuntar a la obtención de una tarifa de salida y la eventual conversión de la pena en precio.
La Voz