octubre 13, 2024 11:15 am

En marzo, arranca el juicio por la explosión de Química Raponi en barrio Alta Córdoba

El 8 de marzo se comenzará el esperado juicio por el estallido del depósito clandestino de la química Raponi en Alta Córdoba, aquel desastre ocurrido en 2014. La gigantesca deflagración que se escuchó en gran parte de la capital provincial, destruyó varias viviendas, ocasionó daños de diversa consideración en cientos de casas, dejó varios heridos -uno de gravedad con secuelas definitivas- y provocó la muerte de una mujer que agonizó durante nueve días.

La novedad judicial se produjo este martes en Tribunales 2 al obtener las autoridades de la Cámara 4ª la habilitación de las sesiones por parte de la OGA (Oficina de Gestión de Audiencias) entre el 8 y el 23 de marzo, con días especificados y horario vespertino determinado, entre las 14.30 y las 17.45.

En el banquillo de los acusados deberá sentarse el propietario de Raponi Química SRL Sergio Hilton Raponi, quien está acusado de estrago doloso doblemente calificado por el peligro de muerte a una persona y por el resultado mortal de otra.

Si bien hubo numerosos lesionados, unos 70, resultó gravemente herido Pablo Amaya, quien durante semanas estuvo internado en terapia intensiva en el Hospital de Urgencias y quedó con secuelas definitivas. Pero lo más grave fue lo sufrido por María Angélica Cueto (65) quien soportó una agonía de nueve días y finalmente falleció.

La deflagración en cadena y el posterior incendio se desató a las 20.30 del 6 de noviembre de 2014, generando destrucción de unas 10 viviendas situadas alrededor y daños de varias casas o de cristales en un radio de varias cuadras de distancia. Se reportaron más de 300 propiedades con daños ocasionados por el estallido.

Raponi Química SRL era un emprendimiento de fabricación de tintas y fraccionamiento de productos de limpieza, entre otros fines, y tenía su sede de ventas en Avellaneda 1971, en el corazón del barrio Alta Córdoba.

Según la instrucción de la causa, la empresa Raponi tenía una cara visible pero otra oculta. Las habilitaciones comprendieron la parte visible de la empresa y no el lugar donde se produjo la deflagración, la “parcela 10″, que no estaba declarada y donde se guardaban insumos altamente peligrosos por ser combustibles o inflamables.

Entre esos insumos, se contaban permanganato de potasio (elemento integrante de la fórmula de la pólvora), ácido sulfúrico, ácido nítrico, ácido acético, ácido peracético, acetato de propilo, ciclofosfamida y etanol.

En la causa quedaron desvinculados de responsabilidades el asesor técnico de la empresa, el ingeniero químico Javier Lagares, quien actuó de buena fe pese a que Raponi le habría ocultado datos del almacenamiento de productos peligrosos.

Del mismo modo, quedaron fuera de la imputación funcionarios del estado municipal que inspeccionaban la cara visible de la industria pero estuvieron al margen del depósito de la parcela 10. Lo mismo sucedió con los bomberos de la Policía de la Provincia que hicieron inspecciones y brindaron las habilitaciones a la parte declarada de la firma.

“Cultura de la muerte”

En representación del herido Amaya y de la fallecida Cueto, además de otras nueve familias, actúa como querellante el abogado Carlos Nayi, quien mostró su satisfacción con la fijación de fecha de juicio en contra de Raponi.

“Sergio Hilton Raponi honró la cultura de la muerte y antepuso el funcionamiento de una empresa y el provecho económico por sobre la seguridad del barrio, de la población en general y de la seguridad pública”, manifestó Nayi.

Además, el patrocinante de las víctimas sostuvo que Raponi “ocultó las reales condiciones de ilegalidad en que operaba su empresa, obteniendo bajo engaño una autorización administrativa”.

Según datos aportados por Nayi, Raponi “renovó la autorización ambiental el 6 de octubre 2014 y un mes después ocurrió la tragedia”

Sobre el debate en sí, el querellante anticipó que pedirá la máxima sanción en el marco de una escala penal que puede llegar a los 20 años de prisión.

Entre los fundamentos que esgrime, Nayi reprocha a Sergio Raponi tres graves hechos: “la mala disposición de sustancias peligrosas en la parcela 10, una conexión clandestina de desagüe y el ocultamiento del lugar donde se produjo la explosión”.

Se respetaban las normas

En su momento, tras la imputación de Raponi, el abogado de Raponi, Manuel Calderón, argumentó dos cuestiones en su defensa. La primera que el acusado no era el dueño de la empresa sino un socio más. La segunda es que “más allá de no contar con la habilitación del lugar específico, en la química se respetaban las normas que regulan esa actividad, se cumplían con los parámetros que determina la ley de Higiene y Seguridad, con lo cual se trabajaba en el marco del riesgo permitido, ya que la actividad es de riesgo”.

Calderón agregó que “si el riesgo no se ha alterado, quiere decir que no hay responsabilidad en lo que ocurrió y mi cliente es inocente y debe ser sobreseído”.

Sin embargo, la causa fue elevada a juicio y tras una serie de incidentes terminó radicada en la Cámara 4ª del Crimen.

La Voz

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